Sociedad civil – Definición, qué es y concepto | Diccionario Economico

Definición de Sociedad civil – Definición, qué es y concepto | Diccionario Economico

La sociedad civil se refiere a las organizaciones y personas que no están vinculadas directamente al gobierno o al sector empresarial, y que se dedican a promover intereses comunes, participar en la toma de decisiones y contribuir al desarrollo de la sociedad en diversos ámbitos.

En general, la sociedad civil es un acuerdo entre las partes, según el cual varias personas ponen en común dinero, bienes y otros activos para lograr un fin común, que debe ser rentable para todos y depender de la contribución de cada uno de ellos.

Siendo este un contrato privado y secreto entre las partes, y no una sociedad comercial como una sociedad de responsabilidad limitada (sociedad limitada o de otra manera), se rige por el Código Civil, y las acciones de los socios son individuales frente a terceros. y sin personalidad jurídica.

La sociedad civil tiene las siguientes características comunes:

  • Debe estar integrado por dos o más personas.
  • El nacimiento de la sociedad civil se da cuando se firma un pacto.
  • Debe tener un propósito común y ser legal.
  • El objetivo general debe ser obtener una ganancia.
  • Todos los socios deben participar en las ganancias y pérdidas.
  • Puede tener socios capitalistas o industriales, aportando primero bienes y dinero, y segundo trabajo o industria.
  • Los socios están sujetos al IRPF individualmente y como autónomos, no la sociedad en su conjunto.

Tipos de sociedad civil

Dependiendo de la organización, existen diferentes tipos de sociedad civil:

  • Sociedad civil privada: Están dirigidas a una cosa concreta y específica, como ejercer una profesión, recoger los frutos de un trabajo o acción.
  • Sociedad general de todos los bienes existentes: Los bienes presentes pasan a ser propiedad de todos los socios, pero no los bienes futuros en forma de herencia, donación, etc., aunque los frutos recibidos con su ayuda se convierten en propiedad.
  • Sociedad Universal de Todos los Beneficios: Los bienes presentes y futuros que reciben los socios a partir de ahora, así como sus rentas, pasan a ser comunes a todos los socios.

Asimismo, dependiendo de la formalización, pueden existir diferentes tipos de sociedad:

  • Sociedades civiles públicas: Se otorgan mediante escritura pública ante notario, lo que le confiere cierta personalidad jurídica.
  • Sociedades civiles privadas: No hay entidad legal, ya que los acuerdos se celebran entre socios privados y secretos.

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