Seguro de asistencia sanitaria | Diccionario Economico

Definición de Seguro de asistencia sanitaria | Diccionario Economico

El seguro de asistencia sanitaria es un contrato en el cual una compañía aseguradora cubre los gastos médicos y hospitalarios de una persona o grupo de personas, a cambio de una prima o cuota periódica. Este tipo de seguro permite acceder a servicios médicos privados y disponer de cobertura para consultas, tratamientos, cirugías, hospitalización y medicamentos, entre otros.

Es decir, este tipo de póliza cubre los costos de consultas médicas, pruebas, tratamientos, medicamentos, atención de emergencia y otros. Esto es a cambio de un pago único o recurrente por parte del beneficiario.

Para acceder a la cobertura, el solicitante debe completar un formulario. Así, la aseguradora conocerá el nivel de riesgo del asegurado y la probabilidad de accidente.

Características del seguro de salud.

Las características del seguro de salud incluyen:

  • El asegurador puede asumir directamente los gastos del asegurado o reembolsarle el coste de los servicios consumidos por él. En este último caso, el beneficiario es atendido en un centro de su elección y luego presenta una factura o recibo a la compañía de seguros.
  • Algunas pólizas exigen un copago, es decir, el asegurado debe pagar parte de los servicios recibidos.
  • Puede ocurrir que para su uso en determinadas especialidades deba contar con un período de carencia, es decir, un período durante el cual la cobertura no es válida, aunque estuviera contratada. Esto significa que un individuo firma un contrato de seguro pero debe esperar, por ejemplo, ocho meses para poder utilizarlo para ese servicio en particular. De esta forma, la empresa se asegura de que su cliente no compre un seguro para aprovecharlo sabiendo que tiene una enfermedad o condición médica.

Exclusiones del seguro de salud

Las exclusiones del seguro de salud varían según el contrato, pero generalmente son:

  • Cuidados preexistentes, es decir, lesiones o enfermedades sufridas por el asegurado antes de la firma del contrato. Deben ser comunicados a la aseguradora. De lo contrario, si se encuentra una mentira, la póliza puede ser cancelada.
  • Intentos de suicidio o automutilación.
  • Tratamiento de la drogadicción por alcoholismo.
  • Enfermedad o lesión relacionada con el trabajo.
  • Enfermedad o lesión causada por la práctica de deportes de riesgo.
  • Procedimientos estéticos y cirugías estéticas.

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