Quita y espera – Definición, qué es y concepto | Diccionario Economico

Definición de Quita y espera – Definición, qué es y concepto | Diccionario Economico

«Quita y espera» es un término utilizado en economía que se refiere a una estrategia de financiamiento en la que una empresa o individuo reduce su deuda al negociar con sus acreedores para obtener una disminución en el monto adeudado, y luego espera un período de tiempo antes de pagar la deuda reducida. Esta estrategia puede ayudar a aliviar la carga financiera y permitir a la empresa o individuo recuperarse antes de pagar el saldo restante de la deuda.

Cuando una empresa (ya sea persona física o jurídica) se encuentra en situación de insolvencia temporal y está al borde de la quiebra, es habitual que esta intente llegar a algún tipo de acuerdo con sus acreedores. El objetivo es, por un lado, facilitar a las empresas el pago de sus deudas y, por otro, garantizar a los acreedores la recuperación de al menos una parte de las mismas. Por tanto, el desistimiento y espera puede entenderse como un juicio en el que los acreedores aceptan una reducción, reducción o aplazamiento del capital que les debe el deudor.

Eliminar y esperar el proceso

Debido a la delicada situación que atraviesa la empresa, la está filmando y esperando, pretende solucionar el problema de la forma menos onerosa para ambas partes. Por lo tanto, el proceso de retiro de fondos y espera debe tener una gran flexibilidad y transparencia. Así, se supone, en última instancia, evitar la declaración de quiebra y suspensión de pagos por parte de la empresa.
Durante el proceso, el administrador del arbitraje (con el consentimiento del deudor) preparará una oferta, que será enviada a los acreedores a la mayor brevedad. Esta propuesta podrá contener cualquiera de las siguientes medidas:

  • Aplazamiento (espera) del pago de la deuda.
  • Cesión y/o usufructo de bienes y derechos a acreedores en pago de una deuda. Este pago puede ser total o parcial.
  • Conversión de deuda en acciones o participaciones de la sociedad deudora.
  • Conversión de deuda en préstamos participativos.

La propuesta también debe incluir un plan de pago de recursos, un estudio de factibilidad, un plan de continuidad del negocio que haya desarrollado la empresa y una copia del contrato de diferimiento del préstamo de derecho público.

La aceptación de la oferta recae en última instancia en los prestamistas. Podrán presentar modificaciones a la propuesta original elaborada por el deudor o presentar otras propuestas alternativas que protejan mejor sus intereses.

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