Definición de procedimiento de apremio – Diccionario Economico
El procedimiento de apremio es una acción legal que se lleva a cabo para exigir y cobrar una deuda pendiente. Es utilizado por los acreedores para obtener el pago de una deuda a través de medidas coercitivas, como embargos de bienes o salarios, en caso de que el deudor se niegue a pagar de forma voluntaria.
El procedimiento de ejecución permite a la Administración Tributaria cobrar las deudas que le corresponden sin acudir a los tribunales e incluso puede llegar a la ejecución si los deudores se oponen.
Este trámite es solicitado de oficio por la propia Administración para una persona pública y no requiere recurso judicial.
En el caso de España, las principales disposiciones a las que se sujeta el procedimiento de ejecución son las establecidas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Artículos 163 y arts. (BOE, 18 de diciembre de 2003); y el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueban las Normas Generales de Recaudación (BOE de 2 de septiembre de 2005). Así, cada país establecerá este procedimiento en base a sus propias características legales.
Etapas de los procedimientos de ejecución
Dependiendo del país, las fases pueden variar, pero suelen ser muy parecidas. Veremos las etapas del procedimiento de ejecución previsto por el Estado español:
Los procedimientos de ejecución comienzan con una notificación de una orden de ejecución. Establece previsiones para el período correspondiente y establece una fecha de vencimiento. Al mismo tiempo, cuando se paga el monto de la deuda y la comisión de cumplimiento con una disminución del 10%, se da por terminado el procedimiento. En este caso, no tendrás que pagar por el retraso.
Si la deuda no fuere pagada en el plazo señalado, la Administración podrá ejecutar la fianza. Esto implica el embargo y ejecución de los bienes del deudor mediante subasta pública, adjudicación directa o concurso. A diferencia del caso anterior, se exigirán intereses, así como los gastos de aplicación a este procedimiento de recuperación por parte de la Administración. En este caso coexisten tres posibles resultados: el pago de la deuda y los intereses, la devolución de la deuda por acuerdo entre las partes, o la determinación de que todo o parte del préstamo es incobrable. Aunque en este último caso, las actuaciones de ejecución «se reanudarán durante el plazo de prescripción, una vez que se tenga conocimiento de la solvencia del responsable del pago».
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