OPA competidora | Diccionario Economico

Definición de OPA competidora | Diccionario Economico

Una OPA competidora es una oferta pública de adquisición (OPA) realizada por una empresa para adquirir otra compañía que está siendo objeto de una OPA por parte de otra empresa.

Estas ofertas públicas de adquisición involucran a personas físicas o jurídicas que presentan ofertas para comprar la totalidad o parte de las acciones de una empresa cotizada. Compiten entre sí para superar la oferta original, de ahí su nombre.

La compensación puede efectuarse de tres formas: por venta, por vía de permuta o canje de valores, o ambas a la vez. Debe garantizarse la igualdad de trato entre los titulares de valores.

Características de las ofertas públicas de adquisición competidoras

Por ejemplo, en España las ofertas públicas de adquisición se rigen por el Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.

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Para ser considerado competidor se deben cumplir los siguientes requisitos incluidos en dicho decreto:

  • El número de artículos propuestos debe ser igual o mayor que en la propuesta anterior.
  • Debes mejorar la última oferta anterior ofreciendo un precio superior o aumentando el número de títulos adquiridos.
  • El primer oferente podrá acordar con la empresa el cobro de una comisión. Esto surge del costo de preparar una oferta en caso de que la oferta seleccionada no le pertenezca. Asimismo, el importe de la comisión no podrá superar el 1% del importe efectivo de la oferta, entre otras condiciones.

Procedimiento y plazos

Las ofertas públicas de adquisición concurrentes se consideran por estricto orden de presentación al organismo supervisor de los mercados de valores. En el caso de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Después de la presentación y aprobación de la primera propuesta, los demás participantes presentan sus propuestas competidoras. Para la primera oferta pública de adquisición se establece un plazo de aceptación de la oferta. Por otro lado, la presentación de una oferta competidora interrumpe el cómputo del plazo de aceptación de la oferta u otros precedentes. Así, el plazo se modifica automáticamente para que los plazos de aceptación de todas las propuestas finalicen en el mismo día.

El plazo para aceptar ofertas competidoras es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación por el oferente del primer anuncio del primer GPA. La ley obliga a estos últimos a difundir públicamente la propuesta presentada previa autorización de la CNMV.

En consecuencia, se establece un nuevo plazo único de aceptación para todas las ofertas. Así lo informa la CNMV en su página web.

Asimismo, las ofertas competidoras deberán presentarse dentro de un plazo determinado, hasta el quinto día natural anterior a la finalización del plazo de aceptación de la primera oferta presentada. Las ofertas recibidas fuera de este plazo serán rechazadas.

Retiro o modificación de ofertas y aceptación

La CNMV permite a los licitadores retirar sus ofertas si consideran que hay ofertas mejores. También le permite cambiar sus términos y condiciones para hacerlos más atractivos.

Los licitadores que no hayan retirado su oferta enviarán un mensaje que puede contener su última mejora o su oferta sin cambios. Se realiza en sobre cerrado ante la CNMV el quinto día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de propuestas competidoras.

Tras la posterior apertura de los sobres, publicación y distribución de la oferta en su página web y la prestación de las oportunas garantías, la ley autoriza al primer oferente, si no ha desistido de su oferta, a modificar sus condiciones para mejorarlas.

Finalmente, la empresa ofertante puede elegir la oferta más interesante para completar el trato.

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