Definición de Minuta | Diccionario Economico
Una minuta es un documento escrito que contiene un resumen detallado y conciso de los puntos clave discutidos en una reunión o evento, así como las decisiones y acuerdos tomados durante el mismo.
Es decir, el protocolo es un documento previo a otro, que será oficial. Esta última, que podríamos llamar la versión final, debe cumplir con ciertos parámetros e incluir información adicional.
Cabe señalar entonces que el borrador es un borrador que debe contener información importante, que luego debe ser confirmada por las partes involucradas en las negociaciones. Es necesario comprobar, por ejemplo, que los firmantes estén de acuerdo con todas las cláusulas del contrato. Puede ocurrir que haya disconformidad con alguna de las cláusulas del contrato y sea necesario cambiarlo.
Asimismo, puede ocurrir que la versión final del documento contenga más información o se modifiquen los detalles de la redacción.
Otros minutos
Otro significado de un acta es, en un sentido más amplio, un borrador de una carta formal, declaración, orden u otro tipo de documento, que luego debe ser una copia limpia.
Un minuto puede ser, en general, notas que tienes sobre algo a tener en cuenta.
Por protocolo, también podemos referirnos a un documento emitido por abogados, procuradores, notarios y otros profesionales, en el que se indican los honorarios que cobran por sus servicios.
Finalmente, en un sentido mucho más amplio, según la Real Academia Española, un protocolo es una lista o catálogo de personas u objetos.
Protocolo de empresa
El protocolo de empresa es un documento que contiene el acto de registrar una empresa. Este documento debe ser presentado al notario para su elevación antes de la escritura pública.
Este protocolo debe contener una descripción de las actividades económicas de la empresa, así como el aporte de cada participante (o empresario individual). Además, es necesario indicar la fecha de inicio de actividad y el domicilio comercial de la empresa.
También cabe señalar que el formato de este protocolo variará según el tipo de sociedad que se cree: sociedad anónima, sociedad anónima cerrada, sociedad de responsabilidad limitada o empresa unipersonal.
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