Definición de Expoliación | Diccionario Economico
La expoliación se refiere a la acción de tomar o saquear bienes o recursos de una persona o comunidad de manera injusta o violenta, generalmente por parte de un grupo o gobierno más poderoso, causando un perjuicio económico y social.
Es decir, el hurto se caracteriza por la agresión o intimidación hacia el propietario o la persona que custodia el bien sustraído.
Al saqueo también se le llama robo, y aunque no es una palabra muy común, tiene importancia en el sector asegurador (más adelante explicaremos por qué).
La diferencia con el hurto y el robo.
A diferencia del robo, el robo se caracteriza por la ausencia de registro de un acto de violencia. Nos referimos, por ejemplo, cuando una persona entra en una tienda, roba mercadería y se va sin que nadie se dé cuenta. Este acto es un robo.
Del mismo modo, vale la pena señalar la diferencia entre robo y robo. Este último implica un acto de violencia, pero no sobre el dueño o custodio del inmueble, sino sobre el inmueble. Esto sucede, por ejemplo, cuando un ladrón rompe ventanas para entrar a una casa a robar. Así, cuando la propiedad está vacía, deduce los valores.
Siguiendo con el ejemplo anterior, si la casa estuviese habitada y el ladrón amenazara a los ocupantes con cometer un delito, sería un robo.
También vale la pena aclarar que el robo puede ocurrir sin el uso de la fuerza, pero con algún elemento de ventaja, como una llave maestra.
Robo para aseguradoras
Es importante que las aseguradoras determinen si se ha cometido un robo, hurto o hurto. En los dos primeros casos, es más fácil probar el hecho del robo contra la voluntad del dueño del inmueble. Esto se debe a las huellas que suelen dejar los actos de violencia.
En relación con lo anterior (debido a la menor cantidad de elementos de verificación), la cobertura de seguro que ofrece la aseguradora en caso de hurto es menor que en caso de robo o hurto.
Operación para RAE
La Real Academia Española (RAE) incluye un significado diferente de «saqueo». Es todo acto u omisión que amenace con la pérdida o destrucción de todos o algunos de los valores de los bienes que integran el patrimonio histórico de España, o que obstaculice el cumplimiento de su función social.
En otras palabras, esta definición está relacionada con los riesgos a los que pueden estar expuestos los edificios u objetos que se consideran parte del patrimonio cultural de España.
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