Definición de Divorcio exprés | Diccionario Economico
El divorcio exprés es una forma de disolución matrimonial que se caracteriza por ser rápida y sencilla, permitiendo a las parejas separarse de forma rápida y sin tener que pasar por un largo proceso legal.
El divorcio express es un procedimiento que acelera el proceso de desintegración familiar. Este tipo de divorcio sólo puede hacerse de común acuerdo.
Para este divorcio, los cónyuges deberán presentar un convenio regulador de común acuerdo. Si el divorcio es contencioso (solo uno de los cónyuges quiere terminar el vínculo matrimonial), no hay posibilidad de divorcio explícito.
En este tipo de divorcio, los cónyuges pueden ser representados por el mismo abogado. Este divorcio exprés, al igual que un divorcio ordinario, dará lugar a la disolución o desaparición del vínculo matrimonial. Su acción comenzará desde el momento en que el notario apruebe este divorcio.
En caso de que se trunque el mutuo acuerdo, se recurrirá a la vía contenciosa para hacer valer ese divorcio en vía contenciosa.
Divorcio – Divorcio Express – Cancelación – Separación
El divorcio es diferente del proceso de anulación y separación.
La nulidad de un matrimonio significa que el vínculo conyugal nunca existió desde el principio debido a ciertas anomalías como la incapacidad de los cónyuges o la forma incorrecta de matrimonio.
En definitiva, si no se cumple alguno de los requisitos para un matrimonio válido, dicha nulidad debe ser tramitada por una autoridad judicial.
La separación del matrimonio es una ruptura de la convivencia marital, pero no rompe los lazos matrimoniales. Por otro lado, un matrimonio es válido desde el momento en que se contrae y generalmente produce sus resultados.
El divorcio es la ruptura de los lazos conyugales, aunque esto no significa que haya habido alguna anomalía o error en el matrimonio. Un divorcio explícito es una ruptura de los lazos conyugales, pero sin pleito, siendo un trámite rápido ante notario.
tipos de divorcio
En España encontramos tres tipos de divorcio, según la autoridad que los declare, pero siempre con las mismas consecuencias:
- Divorcios Judiciales: Puede solicitarse a petición de uno de los cónyuges, de ambos o de uno solo con el consentimiento del otro.
- Disolución del matrimonio por decisión del secretario del tribunal: Los cónyuges pueden acordar un divorcio amistoso mediante la redacción de un acuerdo legal ante el secretario del tribunal.
- Disolución del matrimonio, otorgada ante notario, o divorcio expreso: Los cónyuges pueden acordar un divorcio amistoso mediante la celebración de un acuerdo legal ante un notario público a través de una escritura pública.
Requisitos
Para que este tipo de divorcio consensual se produzca en España se deben cumplir los siguientes supuestos:
- Ausencia de hijos menores: En presencia de hijos menores, el divorcio no puede ser autorizado por un notario y debe llevarse a cabo en los tribunales. Esto es así porque la fiscalía debe estar presente, protegiendo los intereses de los menores.
- Un mínimo de tres meses de matrimonio para participar en este procedimiento.
- Deben presentar un convenio de corregulación de mutuo acuerdo: este convenio debe fijar cómo se extingue la unión matrimonial: vivienda, dote, recursos económicos, etc.
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