Definición de Contratista | Diccionario Economico
Un contratista es una persona o empresa que se encarga de realizar un trabajo específico para un cliente, mediante la firma de un contrato. El contratista asume la responsabilidad de completar el trabajo dentro del plazo estipulado y dentro del presupuesto acordado.
El contratista es una de las dos partes que componen el contrato de trabajo. Este contrato de trabajo es un tipo de acuerdo muy utilizado en los contratos gubernamentales, pero también forma parte de los negocios jurídicos privados. Las dos partes que componen este tipo de contrato son:
- Un contratista también puede ser llamado comisionista o arrendador.
- El principal, también conocido como propietario o arrendatario. Esta es la persona que ordena el trabajo.
El objeto del trabajo es esencial en este contrato, es decir, el porqué de la finalidad. Esta meta es el logro de la meta, por lo que el contratista asume la obligación del resultado, ya que no se cumple si la obra no se completa según lo pactado.
Características del contratista
Las notas obligatorias del contratista son:
- El contratista, a su vez, podrá subcontratar a otras personas para que realicen la obra en el plazo acordado.
- Estará obligado a realizar la obra a precio reducido, es decir, participa en un contrato reembolsable.
- El contratista recibe el precio pactado en el contrato con el cliente por la obra.
- Obtiene la propiedad del trabajo del cliente mientras se construye.
- Puede proporcionar materiales de construcción o no. Esto dependerá de cómo se celebre el contrato.
- El contratista puede aportar materiales, industria o su obra.
- El contratista puede ser una persona física o jurídica.
- Si el contratista no recibe el precio convenido en tiempo y forma, tiene derecho a recuperar de la obra, ya sean bienes muebles o inmuebles. Esto se conoce como la ley refractaria.
- Asimismo, si el contratista no recibe el precio convenido en el tiempo convenido, tiene derecho a suspender la obra hasta que reciba el pago, aunque esto sólo ocurrirá en relación con la obra sobre bienes muebles. Esto se conoce como fianza.
- Cuando un contratista ha sido elegido expresamente por el cliente de la obra en razón de sus cualidades personales, de su muerte o de cualquier incapacidad permanente (del contratista) que le impida realizar la obra, se resuelve el contrato.
Obligaciones del Contratista
Las principales obligaciones de esta parte en virtud del contrato son:
- Completar y enviar el trabajo.
- Responsable de las deficiencias o defectos en el trabajo.
- Responsabilidad por los hechos de las personas contratadas para realizar el trabajo.
- Realizar los trabajos conforme a los requisitos convenidos con el mandante o propietario y conforme a las exigencias de la lex artis o de la buena fe.
- Debe proporcionar materiales de la calidad que haya acordado con la otra parte.
- Debes entregar la obra en el tiempo especificado en el contrato. En el caso de que no se haya pactado un plazo de entrega concreto, corresponde a los tribunales determinar el plazo.
- No está obligado a hacer el trabajo por sí mismo, a menos que haya sido contratado personalmente para hacer el trabajo sin poder subcontratar a nadie más.
- Hasta que el contratista haya entregado la obra terminada, deberá almacenarla conforme a las reglas de la buena fe y diligencia.
responsabilidades
El contratista será responsable de la entrega de la obra terminada, pero si contrata a otra persona natural o jurídica para hacerlo, será responsable de sus actos. En otras palabras, asume la responsabilidad del trabajo de aquellos que subcontrata al propietario de la obra.
Sin embargo, esto no significa que el contratista no pueda ir contra los subcontratistas para obtener la compensación que pagaría al dueño de la obra.
Pero, ¿qué sucede si la obra es destruida por un evento fortuito o de fuerza mayor (como un huracán) antes de ser entregada? ¿De quién es esta responsabilidad? La regla general es que el contratista asume el riesgo de pérdida accidental de los materiales y obra que ha entregado.
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