Aval | Diccionario Economico

Definición de Aval | Diccionario Economico

Un aval es una garantía otorgada por una tercera persona que se obliga a hacer frente a una deuda si el deudor principal no cumple con sus obligaciones.

Por garantía entendemos que el deudor presenta el bien como garantía o promesa de pago. La propiedad especificada puede convertirse en propiedad del acreedor si el deudor no cumple con los términos de pago de su deuda.

En lenguaje común, podríamos decir que es una garantía que se da antes de un préstamo con la intención de dar confianza en la obligación que se contrajo bajo el contrato. En otras palabras, el acreedor empeña bienes muebles en señal de que tiene la intención de pagar la deuda.

El endoso se utiliza para dar seguridad jurídica a una transacción. Por lo tanto, si no hay garantía, el prestatario puede negarse a pagar el préstamo sin ninguna consecuencia, dejando al prestamista con un pago atrasado.

¿Quién puede ser fiador?

Normalmente, una garantía presentada como garantía es propiedad de un tercero que, al autorizar el uso de sus activos como garantía, se convierte en el garante de esta transacción. Se utiliza principalmente en hipotecas y préstamos de alto capital porque la figura de garantía garantiza la seguridad de la devolución del capital del préstamo.

Imaginemos que alguien que no puede pagar la hipoteca de su casa o su préstamo comercial, el prestamista pide apoyo proporcionado por un fiador a favor del fiador, ya sea en forma de propiedad u otro activo.

Cuando pedimos una hipoteca, un préstamo o simplemente alquilar una película en un videoclub, muchas veces tenemos que dejar garantías que confirmen que tenemos la intención de pagar, y que, en caso de que el prestamista no lo haga, puede quedarse con algo. para el mismo. costo del prestatario que garantizan el cobro de una parte de su préstamo. Son uno de los pilares del sistema financiero, confianza y garantía.

Fiador, beneficiario y endosante

Hay tres figuras principales en estas transacciones comerciales:

  • Garantizar. Es la persona o institución que responderá con las garantías en caso de que la persona garantizada incumpla sus obligaciones. Es garante de las obligaciones del garante.
  • Beneficiario. Es la persona o institución que recibe el monto de la garantía en caso de extinción de las obligaciones.
  • Aprobado. Persona que ha recibido una garantía que garantiza el pago de la contraparte de sus obligaciones en caso de extinción de las mismas.

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