Definición de Sociedad Laboral – Definición, qué es y concepto | Diccionario Economico
Una sociedad laboral es un tipo de empresa en la que los trabajadores son también socios y propietarios de la compañía. Se caracteriza por la participación activa de los empleados en la toma de decisiones y la distribución de los beneficios. Este modelo de empresa promueve el trabajo en equipo, la responsabilidad compartida y la propiedad colectiva.
Existen diferentes tipos de sociedades en función de la estructura de capital, el número de empleados, las responsabilidades de los socios e incluso la propiedad del capital, aunque existen formas mixtas que eligen criterios entre todos ellos.
Este es el caso de las sociedades laborales, donde la mayoría del capital social (más del 51%) debe estar en manos de sus propios trabajadores por cuenta ajena que presten sus servicios a la sociedad de la que forman parte. En este caso, sin embargo, el capital, aunque siempre en minoría, puede pertenecer a sus compañeros capitalistas, es decir, tienen una participación en la sociedad, pero no les proporcionan trabajo.
Este tipo de entidad nace de la promoción del empleo social y de los incentivos a la empresa familiar ya la pequeña empresa, ya que adquiere los rasgos de las cooperativas y sociedades anónimas.
Características generales de la sociedad laboral
Existen dos tipos de sociedades laborales, las sociedades laborales de responsabilidad limitada y las sociedades laborales de responsabilidad limitada, cada una de las cuales cumple los requisitos normales de SA y SL, pero con algunos rasgos distintivos comunes a ambas:
- Al menos el 51% del capital debe estar en manos de los trabajadores de la empresa.
- Ninguno de los socios debe tener más de la tercera parte (33%) del capital, salvo que se trate de un establecimiento o administración pública, en cuyo caso será del 50%.
- El capital se divide en acciones sociales o acciones nominativas. Puede ser:
- Clase obrera: pertenecen a socios trabajadores.
- clase general: pertenecen a socios no empleados.
- Existe un derecho preferente de suscripción. Así, en caso de abandono de algún socio, la oferta de acciones recaerá en primer lugar entre los trabajadores no socios, seguidos de los trabajadores socios, los socios no trabajadores y finalmente los trabajadores eventuales.
- Las empresas de empleo tienen incentivos fiscales, como un mejor impuesto de sociedades, así como la obligación de mantener reservas anuales para beneficios del 10%.
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