Sociedad de gananciales | Diccionario Economico

Definición de Sociedad de gananciales | Diccionario Economico

La sociedad de gananciales es un régimen legal que establece que los bienes adquiridos durante el matrimonio son propiedad de ambos cónyuges en partes iguales, a menos que se demuestre lo contrario.

Cuando los cónyuges contraen matrimonio, deben optar por el régimen económico matrimonial. Es decir, un régimen de normas que rigen los bienes hereditarios de los cónyuges desde el nacimiento del matrimonio hasta su disolución.

Una empresa conjunta es la creación de bienes comunes entre cónyuges que no son transferibles y no pueden dividirse mientras existan.

Estructura de empresa conjunta

En la comunidad de propietarios coexisten tres tipos diferentes de bienes:

Activos privados de empresas conjuntas

Estos son aquellos bienes que pertenecen individualmente a uno de los cónyuges y no al otro cónyuge, incluso si forman parte de una empresa conjunta.

Estos bienes privados que forman parte de la empresa son:

  • Propiedad adquirida antes del matrimonio a título oneroso. Por ejemplo, un automóvil comprado por uno de los cónyuges antes de la boda, incluso si el pago fue diferido.
  • Mejorar los bienes muebles de uno de los cónyuges o aumentar sus bienes.
  • Bienes adquiridos durante el matrimonio a título gratuito, como herencia o heredad.
  • Activos humanos. Estos activos pueden ser derechos de propiedad intelectual o los derechos sobre su imagen.
  • Bienes exclusivamente para uso personal, tales como prendas de vestir o artículos personales de la vida diaria.
  • Herramientas básicas para que uno de los cónyuges pueda desarrollar su profesión. Por ejemplo, uno de los cónyuges es veterinario, todas las herramientas profesionales de la clínica, compradas con dinero común, pertenecen solo a este cónyuge. Sin embargo, el otro cónyuge tiene derecho a un reembolso de su parte.
  • Indemnización percibida por el cónyuge. Por ejemplo, uno de los cónyuges estuvo involucrado en un accidente y solo ese cónyuge tendría derecho a una indemnización.
  • Todos aquellos bienes libremente acordados por los cónyuges como privados.

propiedad familiar

Son las que pertenecen a ambos cónyuges en un 50%. Estos bienes familiares que forman parte de la sociedad son:

  • Las ganancias del trabajo de uno o ambos cónyuges. La ganancia derivada del empleo de cada uno de ellos se considerará propiedad común, aunque uno de ellos produzca más ingresos que el otro.
  • Mejoras o aumentos de capital realizados en bienes familiares.
  • El artículo fue recibido de forma gratuita. Es decir, herencias o testamentos a ambos cónyuges.
  • Ingresos generados por los comunes. Por ejemplo, si hay una propiedad que se alquila en una finca, los ingresos generados por el alquiler serían bienes comunes.
  • Las sociedades constituidas por copropiedad, aunque haya sido fundada por uno solo de los cónyuges.
  • La propiedad se compró con dinero de la comunidad.
  • Todos estos bienes, voluntariamente convenidos por los cónyuges, serán bienes comunes.

bienes indivisos

Son bienes de carácter mixto, tanto de propiedad privada como pública.

  • Bienes adquiridos con dinero tanto público como privado para su uso en la comunidad.
  • Se contrata la compra de una vivienda familiar antes del matrimonio, iniciada con dinero privado, pero con cláusula a plazo. Una vez que la comunidad de bienes está en funcionamiento, los plazos de pago de la vivienda familiar están cubiertos por fondos comunitarios.
  • Empresas creadas con dinero público y privado.

Disolucion de la empresa

Una vez establecido el objeto del matrimonio, se suprime el régimen económico matrimonial. Cada cónyuge tendrá una parte igual de los bienes comunes.

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