Separación de bienes | Diccionario Economico

Definición de Separación de bienes | Diccionario Economico

La separación de bienes es un concepto legal que establece la independencia y distinción de los bienes de cada cónyuge en el matrimonio, evitando la comunidad de bienes y responsabilidades financieras compartidas.

Este régimen económico puede iniciarse durante la celebración del matrimonio o posteriormente durante la concertación.

Junto con el régimen de participación en la propiedad, existen otros dos regímenes: el régimen de propiedad conjunta y el régimen de participación en las utilidades.

La división de bienes no es un régimen económico que se aplica por defecto a los matrimonios en España. Es decir, si los cónyuges no manifiestan qué régimen quieren, estarán sujetos al régimen patrimonial, no al régimen de división de bienes, a excepción de la Comunidad de Cataluña.

¿Cuándo se aplica la división de bienes?

El régimen de división de bienes se aplica en los siguientes casos:

  • Sujeto al consentimiento de los cónyuges.
  • Cuando los cónyuges acordaron que su matrimonio no sería regulado por la sociedad mixta, sin decir cuál sería entonces su régimen patrimonial.
  • Por orden del juez, esto sucede cuando se extingue el régimen de comunidad de bienes o de participación, y los cónyuges no dicen nada sobre qué tipo de régimen de bienes quieren.

Características

Las principales características de este modo son:

  • Cada cónyuge conserva los bienes que tenía antes del matrimonio.
  • Cada cónyuge retiene sus ingresos y la renta ganada durante el matrimonio.
  • Cada cónyuge dispone libremente de sus bienes.
  • Cada cónyuge es responsable de sus deudas individuales con su propiedad.
  • Los cónyuges están obligados a contribuir a la carga del matrimonio.
  • Los cónyuges son responsables de las deudas contraídas por las autoridades internas. Por ejemplo, facturas de electricidad, facturas de agua, facturas de alimentos, etc.
  • Si no hay acuerdo entre los cónyuges sobre cuánto contribuyen a los gastos normales del matrimonio, se hará en proporción a sus capacidades económicas.

Este modo caducará cuando:

  • El matrimonio se disuelve.
  • El régimen económico se cambia por los cónyuges.

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