Definición de Poder constituyente | Diccionario Economico
El poder constituyente se refiere a la capacidad de un órgano o grupo de personas para establecer, modificar o derogar una constitución, es decir, las normas fundamentales que rigen un país o entidad política. Esta autoridad se ejerce normalmente en momentos de crisis o cambio político y puede ser ejercida mediante procedimientos especiales de consulta o elección popular.
Cuando los ciudadanos de un determinado territorio son organizados y dotados de las herramientas necesarias para la creación de un nuevo Estado o su nueva reforma, como ocurre en la transición a la democracia, llamamos poder constituyente a la capacidad que tienen estos pueblos para llevar a cabo todo ello. .
Dado que la titularidad de este poder pertenece a los ciudadanos, hablaremos de poder constituyente sólo si hablamos de democracia. Aunque luego la calidad de la misma es insatisfactoria.
En los casos en que el cambio de régimen se ha realizado por la fuerza, especialmente mediante golpes de Estado cuya voluntad pertenece a los militares o al golpista, no podemos hablar de poder constituyente. Pues no cumple con los requisitos necesarios para ser considerado como tal.
Origen del poder constituyente
El poder constituyente ha sido teorizado por muchos autores, desde filósofos hasta juristas.
Entre ellos se encuentra el filósofo político Carl Schmitt, conocido por su pertenencia al Partido Nazi (aunque posteriormente perseguido) y por el desarrollo de numerosos conceptos y teorías en el campo político.
Pero el primero en introducir el término fue Emmanuel Sieyes, el teórico de la Revolución Francesa. Según el autor, este poder puso fin al antiguo régimen, entregando el poder a todo el pueblo francés, que será el encargado de aprobar y difundir la nueva constitución y el nuevo estado surgido tras la revolución.
Características del poder constituyente
Según el profesor de derecho Patrosinio Correa, hay siete características del poder constituyente:
- Original: Es quien inicia un nuevo proceso, tanto legislativo como político. Siendo la primera fuerza, no se deriva de ninguna anterior, y está en sus manos el desarrollo y aprobación de la nueva Constitución.
- Constante: aunque se adopte la Constitución, este poder permanece en manos del pueblo y se activa cuando se presentan las circunstancias.
- único e indivisible: Las personas que componen la nación no se pueden dividir. Es único porque pertenece a la totalidad de los ciudadanos.
- Eficaz: Tal es la legitimidad que sustenta la naciente Constitución que es vinculante para todas las personas. Tribunal garantizado.
- intransferible: Sólo los cargos elegidos por los ciudadanos ejercen temporalmente el poder. Pero tan pronto como terminan sus poderes, vuelven a ser una parte regular de la ciudad.
- IntegralR: No se puede enajenar. En caso de golpe, no retendrá al nuevo gobernante, sino que desaparecerá. Así como la legislación que la acompañó.
- integral: Aunque ha cumplido su función, no es perecedero. Si es necesario, se reactivará.
proceso constituyente
El poder constituyente es el principal elemento que opera dentro del proceso, el proceso constituyente. Y, en general, seguir una serie de pasos y requisitos:
- El proceso fundacional se inicia con la elección democrática de los cargos responsables de la misma. Serán elegidos entre los que tengan ciudadanía.
- Los funcionarios electos discutirán, desarrollarán y aprobarán el documento constitucional, aunque finalmente debe ser ratificado por toda la población. Un documento que establece las bases sobre las que se mantendrá el régimen armonizado.
- El partido o las personas responsables de esta labor son removidos siempre democráticamente. Cuando se completa la transición, quienes han sido delegados para llevarla a cabo suelen ser elegidos por el otro partido que gobernará el «nuevo» estado.
poder constituyente derivado
El poder fundador original es el que hemos definido en este texto. De hecho, la originalidad es una de sus características. Pero también es necesario singularizar el concepto de poder constituyente derivado, que se encuentra limitado en la propia Constitución y activado para su modificación.
Si el estado de derecho es fuerte y no permite el cumplimiento de las leyes, cambiar la constitución será todo un desafío. Esto requiere una mayoría abrumadora, su aprobación múltiple en las cámaras y, finalmente, la ratificación popular a través de un referéndum.
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