Patria potestad | Diccionario Economico

Definición de Patria potestad | Diccionario Economico

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que los padres tienen sobre sus hijos menores de edad, que incluye la protección, educación, alimentación, cuidado, representación y administración de sus bienes.

La patria potestad es un sistema de protección de los menores que no pueden actuar de forma independiente, con el fin de prestar asistencia a los hijos de los padres en todo lo necesario.

La patria potestad es la patria potestad, que se ejerce siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad y el respeto a sus derechos, a su integridad física y psíquica, siempre para favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del menor.

La patria potestad es un vínculo inalienable, intransferible e inalienable.

Titulares de los derechos de los padres

La patria potestad corresponde a los progenitores en común, independientemente de las relaciones maritales o extramatrimoniales que existan entre ellos. Si los padres viven separados, no están exentos de los deberes de paternidad.

Deben ejercer esta patria potestad conjuntamente o solos con el consentimiento del otro.

Personas bajo la patria potestad

Los sujetos pueden ser:

  • Los menores no emancipados.
  • Inhabilitado durante la minoría.
  • Incapacitado a la mayoría de edad, si eres soltero, vives con tus padres y aún pueden usarlo.

Contenido de la patria potestad

El contenido de la patria potestad se refiere a deberes y facultades obligatorios, tales como:

  • Cuidado con los menores.
  • Tenlos en tu empresa.
  • deber de alimentarlos.
  • La obligación de educarlos y brindarles una formación integral.
  • Representar legalmente a sus hijos. Hay algunas excepciones:
    • Acciones relativas a los derechos de la persona, que el hijo, a medida que alcanza la mayoría de edad, puede realizar por sí mismo.
    • En los que exista un conflicto de intereses entre padres e hijos.
  • Gestiona tus bienes: hay que gestionarlos con la misma diligencia que si fueran propios. Hay algunos bienes que no están en poder de los padres:
    • Los que se recibieron por donación, si el donante lo solicitó.
    • Los que se heredan si el difunto lo pide.
    • Adquirido por un hijo mayor de 16 años para el trabajo.
  • Administrar la propiedad de sus hijos. Algunos requieren una orden judicial.

Los menores también tienen la obligación dentro de estos lazos de patria potestad de obedecer, respetar y contribuir a las responsabilidades familiares.

Privación de la patria potestad

La patria potestad termina:

  • Mayoría de edad del hijo.
  • emancipación de un hijo.
  • Muerte o declaración de ausencia de un hijo.
  • Adopción de un niño por un tercero.
  • Autoridad judicial mediante sentencia ejecutoriada en relación con:
    • Violación grave o reiterada de las responsabilidades de los padres.
    • Cuando un menor de edad o incapacitado sea objeto de abuso sexual, físico o psíquico.
    • Si un menor ha sido víctima directa o indirecta de violencia doméstica.

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