Libertad de prensa | Diccionario Economico

Definición de Libertad de prensa | Diccionario Economico

La libertad de prensa es el derecho que tienen los medios de comunicación para informar y expresar opiniones sin interferencia ni censura por parte del gobierno u otras instituciones.

Gracias a la libertad de prensa, cualquier persona puede divulgar la información que desee, siempre que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en la propia ley. Esto aplica para todo tipo de canales, aquí no hay discriminación: medios impresos, Internet, radio, televisión, etc.

Toda difusión de opinión e información, realizada por cualquier medio y de acuerdo con los requisitos mínimos de la ley, está protegida por la libertad de prensa. Ningún gobierno cuyo país prevea este derecho podrá censurar cualquier información divulgada por cualquier medio o persona.

La libertad de prensa es un derecho íntimamente relacionado con la libertad de expresión. De hecho, a menudo aparecen en el mismo artículo. Esto porque la libertad de prensa es una consecuencia de la libertad de expresión, van de la mano, no se puede entender una sin la otra. Porque si tenemos derecho a decir y expresar lo que nos gusta, no tiene sentido que ese contenido no llegue a quienes están interesados ​​en conocerlo.

Libertad de prensa: artículo

El derecho a la libertad de prensa está garantizado por más de un texto legal.

Lo podemos encontrar en el artículo 19 declaración Universal de los Derechos Humanos, “Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; Este derecho comprende el derecho a no ser perseguido por sus opiniones, a investigar y recibir información y opiniones, y a difundirlas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión”. Como podemos ver, ambos derechos están incluidos en el mismo artículo, pero es en la última parte que estamos hablando del derecho que aquí nos interesa: “a recibir información y opiniones y difundirlas (…) por cualquier medio ”. expresiones».

En Europa, este derecho también está incluido en Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El primer párrafo del artículo 11 expresa el mismo contenido que en el caso de la sentencia anterior. Pero el segundo párrafo menciona explícitamente lo siguiente: “Se respeta la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo”. Esto no podría ser más claro.

Además de estas declaraciones de carácter supranacional, diversas constituciones privadas de países democráticos también recogen este derecho.

Restricciones a la libertad de prensa

Como todo derecho, la libertad de prensa está sujeta a ciertas restricciones. Están regulados de manera especial y específica en la legislación de cada país. En general, algunas de estas restricciones vulneran principios básicos, como el respeto a la veracidad, la honra y la dignidad de la persona sobre la que se comunica determinada información.

Algunas de las restricciones impuestas por los gobiernos de países que son altamente cuestionables como demócratas pueden ser la limitación en el número de licencias emitidas para la creación de instalaciones de comunicaciones; o censura de alguna información.

Otra restricción a la libertad de prensa es el poder de veto de ciertas asociaciones sobre los actos que glorifica. Un ejemplo de esto podría ser la prohibición de la participación de varios medios en las campañas electorales.

Regulación por país

Además de la Declaración y la Carta de la UE, cada país incluye este derecho a la libertad de prensa en su ordenamiento jurídico. Veamos algunos casos.

España

En España, el derecho a la libertad de prensa se recoge y desarrolla en el artículo 20 de la Constitución. Está en la primera sección, en el segundo capítulo, en el primer encabezamiento. Conservando así la categoría de derecho fundamental.

El primer párrafo establece que “se reconocen y protegen los derechos a la libre expresión y difusión del pensamiento, las ideas y las opiniones de forma oral, escrita o por cualquier otro medio de producción”. También “comunicar o recibir gratuitamente información veraz por cualquier medio de difusión”.

El segundo párrafo contiene la prohibición de censurar dicha información. El tercer párrafo menciona la regulación de los medios públicos. El cuarto fija sus límites: el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen ya la protección de la juventud y la infancia. Finalmente, los materiales periodísticos pueden ser incautados por orden judicial.

México

El país de los aztecas recoge este derecho en el artículo 6 de la Constitución: “Toda persona tiene derecho al libre acceso a la información múltiple y oportuna, ya buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda clase por cualquier medio de expresión”. El resto del artículo establece otras características.

Lo mismo se aplica al artículo 7: “La libertad de difundir opiniones, informaciones e ideas por cualquier medio es inviolable. Este derecho no puede ser limitado por medios o formas indirectas. También hace hincapié en la prohibición de la censura.

Sus límites están señalados en el primer párrafo del artículo 6: “Las infracciones a la moral, a la intimidad oa los derechos de terceros; provoque un delito o perturbe el orden público”.

Colombia

En Colombia, la libertad de prensa está consagrada en el artículo 20 de la Constitución.

Establece lo siguiente: “Se garantiza a toda persona la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, la información y recepción de información veraz e imparcial, la creación de medios de comunicación social”.

En esta línea, el segundo párrafo indica la prohibición de la censura.

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