Definición de Infracción urbanística | Diccionario Economico
La infracción urbanística se refiere a las acciones que incumplen la normativa y regulaciones urbanísticas en un determinado territorio. Esto puede incluir construcciones ilegales, cambios en la zonificación de uso del suelo sin autorización, entre otros.
Las personas que cometen este delito violan las normas de la ciudad, y esto suele tener una sanción monetaria. Además, el orden roto debe ser restaurado.
Esta infracción consiste en una infracción de la ley administrativa, en este caso de la ciudad, ya que si se infringiera la ley penal, no sería una infracción, sino un delito, y la consecuencia no sería una sanción, sino un castigo. .
Estas infracciones recibirán una amonestación, que no será de prisión, como ocurre con las consecuencias de un delito.
Tipos de infracciones urbanísticas
A diferencia de lo que ocurre con las infracciones en general, en España las infracciones urbanísticas no se dividen en tres, ya veis, graves, menos graves y leves, sino sólo en dos tipos: leves y graves.
- Grave: La acción se considera más grave y tendrá sanciones más severas. Por ejemplo:
- Construir en suelo no urbanizable.
- Construir en suelo edificable, pero esto no forma parte del plan de la ciudad.
- Parcela en lotes aún no clasificados como edificables o no urbanizables.
- Realizar trabajos que violen el uso público.
- Incumplimiento de las normas de distanciamiento entre edificios.
- Exceso de altura en la construcción.
- Paquetes sin licencia.
- Suave: Estas violaciones no causan mucho daño y tienen menos castigo.
- Construir junto a un edificio catalogado sin licencia.
- Un edificio sin las condiciones higiénicas necesarias.
- Demolición de edificios que se encuentran bajo protección.
¿Quién puede cometer un delito?
Pueden ser considerados responsables:
- Promotor de la obra: el cliente de la obra y el director técnico de la obra.
- Un técnico que informaría positivamente sobre el desempeño del trabajo.
- Las personas jurídicas, es decir, las propias empresas, pueden ser responsables de los delitos urbanísticos.
Requisitos para la imposición de este delito
Los requisitos son los mismos que para cualquier infracción administrativa:
- Acción: Una persona física o jurídica es necesaria para realizar una acción encaminada a obtener un resultado que infrinja las normas urbanísticas.
- Definido por la ley: Esta acción debe incluirse como una violación en el organismo regulador, generalmente en los códigos de la ciudad.
- acción culpable: Esto significa que la persona sabía que sus acciones estaban en contra de la ley.
sanciones
Las sanciones son las consecuencias legales de los actos que constituyen una infracción. Estas sanciones deben ser proporcionales a los actos cometidos.
Los criterios a tener en cuenta para establecer estas sanciones son:
- previsión.
- Repetición.
- La naturaleza del daño causado.
- Recaída.
Las infracciones y las sanciones tienen un estatuto de limitaciones. Esto significa que si la administración no declara el cumplimiento de la sanción correspondiente en un plazo determinado, la infracción ya no puede ser sancionada.
Este plazo comienza a correr desde el momento en que se comete la infracción.
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