Definición de Indemnización por cancelación de vuelo | Diccionario Economico
La indemnización por cancelación de vuelo se refiere a un monto de compensación económica que una aerolínea está obligada a pagar a los pasajeros cuyos vuelos han sido cancelados sin previo aviso, de acuerdo a las leyes y regulaciones establecidas.
Esta compensación se produce por la no operación del vuelo. El consumidor compra un boleto aéreo con una expectativa razonable de que el servicio se prestará de acuerdo con los términos de la oferta.
En caso de que el servicio a bordo del contrato del cliente no se realice por razones relacionadas con la aerolínea, se creará un derecho a compensación para el usuario. Esta cantidad se puede pagar en efectivo, transferencia bancaria, cheque o incluso un bono de viaje. Un bono de viaje solo puede ser una forma de compensación si el viajero lo acepta.
Derechos del cliente
Los derechos que tiene un cliente en caso de retraso de un vuelo son los siguientes:
- Información: Durante un retraso, se debe mantener informados a los viajeros.
- Atención: Dependiendo de cuánto tiempo se retrase el vuelo, el viajero debe ser asistido de las siguientes maneras:
- Alimentos y bebidas.
- Alojamiento.
- Transporte entre alojamiento y aeropuerto.
- Llamada telefónica.
- Devolución / Compensación: este derecho es la compensación en sí misma. Los viajeros son elegibles para que la compañía ofrezca las siguientes opciones:
- Reembolso de boletos. Debe hacerlo en un plazo máximo de 7 días después de no realizar el servicio a bordo.
- Si además era un vuelo de conexión, tienes derecho a un vuelo de vuelta a tu punto de origen.
- Transporte alternativo al destino final lo más rápido posible y en condiciones de transporte comparables.
- Transporte alternativo en una fecha posterior conveniente para el pasajero.
- Si el viajero no está satisfecho con alguna de estas opciones, puede comprar un billete por su cuenta y exigir a la compañía aérea la compensación correspondiente al coste de este nuevo billete.
- Además, el viajero tiene derecho a una compensación económica en función de la distancia recorrida por el vuelo cancelado. Varía de 250 a 600 euros.
Estos derechos están consagrados en un reglamento que solo se aplica a los vuelos que salen de la Unión Europea, Islandia, Noruega y Suiza. También los que salen de un tercer país a la Unión Europea, Islandia, Noruega y Suiza, si la aerolínea es de la Unión Europea.
¿Cuándo un pasajero no tiene derecho a compensación por la cancelación de un vuelo?
Las aerolíneas responderán únicamente en caso de problemas relacionados con las mismas. En caso de emergencia, no surge el derecho a indemnización. La normativa que regula estas situaciones prevé las siguientes razones de emergencia:
- Inestabilidad política en el país de origen/destino.
- Condiciones meteorológicas incompatibles con el vuelo.
- Riesgos de seguridad.
- Deficiencias inesperadas en la seguridad de vuelo.
- Huelgas que afecten las operaciones de la compañía aérea responsable de operar el vuelo.
El viajero tampoco tiene derecho a indemnización por cancelación de vuelo en los siguientes casos:
- La aerolínea le notificó la cancelación 14 días antes de la salida.
- La aerolínea te avisó de dos semanas a 7 días antes de la cancelación y te ofreció un transporte alternativo que sale un máximo de dos horas antes de la salida y llega a tu destino final menos de cuatro horas después del vuelo original.
- El viajero tampoco tendrá derecho a indemnización si la compañía aérea avisa de la cancelación con menos de 7 días de antelación, pero ofrece un transporte alternativo que sale como máximo una hora antes de la llegada y llega al destino final no más de dos horas tarde. en comparación con el vuelo original.
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