Definición de Convenio colectivo | Diccionario Economico
El convenio colectivo es un acuerdo firmado entre representantes de los empleadores y los trabajadores para establecer las condiciones de trabajo y los términos laborales que se aplican a los empleados en una empresa o sector determinado.
En otras palabras, el convenio colectivo define el régimen de trabajo al que deben ajustarse los trabajadores (en términos de salario, jornada laboral, prestaciones como vacaciones, etc.).
De manera similar, estos acuerdos definen las metas (o resultados) que deben alcanzar los trabajadores.
En definitiva, estos acuerdos permiten armonizar los derechos y obligaciones de ambas partes (empleador y trabajador) en un contrato de trabajo.
Características de un convenio colectivo
Algunas características del convenio colectivo:
- Es vinculante, ambas partes están obligadas a cumplir con el acuerdo. Por lo tanto, los contratos de trabajo celebrados entre cada empleado y la empresa no pueden contradecir el acuerdo.
- El representante de los trabajadores suele ser el sindicato pertinente y sus dirigentes. Son ellos quienes deben transmitir los intereses de los trabajadores a los empresarios.
- Como explicaremos más adelante, el acuerdo puede extenderse a diferentes áreas, tanto para una empresa como para todo el sector manufacturero.
- Cada acuerdo tiene su propia duración y puede renovarse, por ejemplo, cada año.
- Un contrato de trabajo entre cada trabajador y su empresa puede contener mejores (pero no peores) condiciones de trabajo que las establecidas en el convenio colectivo.
- La convención colectiva no puede contradecir la constitución ni la legislación laboral del país, ya que son normas de jerarquía superior.
- El convenio colectivo debe contener fórmulas que permitan lograr la declaración de nulidad propia si alguna de las partes se siente insatisfecha.
- En algunos países, el gobierno interviene en estos acuerdos.
Tipos de convenios colectivos
Según el ámbito de aplicación, los convenios colectivos pueden ser:
- sectorial: Es válido para un tipo específico de actividad o sector de la economía. Por ejemplo, el segmento de la construcción.
- CompañíasR: Esto solo se aplica a una empresa.
Asimismo, en función del ámbito geográfico, el acuerdo se puede dividir en dos tipos:
- Nacional: Válido en todo el país.
- subnacional: En esta categoría se puede aplicar cobertura regional, provincial o local.
También vale la pena señalar que en España, dependiendo de cómo se haya ejecutado el acuerdo, puede ser:
- Establecido por ley: Cumple con el Estatuto de los Trabajadores (la ley que rige todas las relaciones laborales en España), por lo que se aplica a toda la industria o actividad.
- Además, por ley: No cumple con los requisitos de la Ley de Trabajadores, por lo que sólo es válido para las dos partes que lo suscriben, como son la empresa y sus propios trabajadores.
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