Comodato | Diccionario Economico

Definición de Comodato | Diccionario Economico

El comodato es un contrato mediante el cual una persona cede temporalmente y de forma gratuita el uso de una cosa a otra persona, quien se compromete a cuidarla y devolverla una vez finalizado el plazo acordado.

Este es un préstamo para el uso de artículos duraderos, es decir, cosas que son insustituibles, como las obras de arte. Son cosas concretas e individuales que no se consumen con el uso.

Puede ser propiedad personal o inmobiliaria.

Partes de la promesa

Las partes de este acuerdo son:

Características de la garantía

Las principales características del préstamo son:

  • El prestatario puede usar, pero no apropiarse, de los beneficios derivados de la cosa.
  • Este es un contrato real.
  • Es esencialmente gratis, no se paga con crédito.
  • Puede tener un final, o puede suceder sin ningún propósito.
  • Aunque es gratuito, no es un regalo porque la propiedad no es transferible, solo la posesión.
  • Es temporal: se utiliza durante un tiempo determinado.
    • Durará el tiempo especificado.
    • Si no hay un tiempo acordado, la duración del uso.
    • Si la cosa es necesitada por el comodante antes de la expiración del plazo convenido, puede exigir su devolución.
  • Esta es la mortis causa transmisiva.

Obligaciones del prestatario

Responsabilidades del prestatario:

  • Guarde su artículo con cuidado.
  • Pagar los gastos habituales de uso y conservación.
  • Utilizar la cosa para el fin previsto.
  • No puede señalar un artículo por inconsistencia y, si lo hace, será responsable de los daños que esto pueda causar.
  • No se hace responsable por pérdidas accidentales.
  • Debe devolver el artículo al final del contrato.

Obligaciones del fiador

Obligaciones del beneficiario:

  • Pagar gastos de emergencia que sirven para salvar cosas.
  • Responde al prestatario si ha sufrido daño por vicios ocultos en la cosa, cuya existencia desconocía.

Ejemplo

Un ejemplo de préstamo es que un padre es dueño de una casa y se la da a su hijo para que viva en ella, pero no le transfiere la propiedad, sino sólo el uso, la posesión.

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