Definición de Cesionario | Diccionario Economico
El cesionario es la persona o entidad que recibe la cesión de un derecho o título de propiedad por parte del cedente.
Para comprender a un cesionario, primero debe comprender qué es una asignación.
Una cesión es la transferencia de una deuda de un acreedor a un tercero que no tiene nada que ver con esta deuda. Es un negocio jurídico entre el acreedor (cedente) que transfiere esta deuda al sucesor (la persona que recibe este derecho a cobrar la deuda).
¿Qué hay de alquiler? Cualquier préstamo transferible.
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¿Qué partes intervienen en la cesión? Cesionario, cedente y deudor.
Así, un cesionario es una persona que recibe una deuda en un negocio jurídico con el cedente y se convierte en el nuevo acreedor del deudor sin su consentimiento. El deudor debe ser informado de esta cesión de crédito.
Si el deudor no ha sido notificado de la cesión, puede oponerse a la cesión de la compensación de deudas hasta el día en que tuvo conocimiento de la cesión.
El deudor es quien debe asegurarse de cumplir con su deuda con el verdadero sucesor para saldar su deuda.
El cedente responde frente al cesionario si el crédito cedido tuviera defectos ocultos de los que el cesionario no tuviera conocimiento en el momento de la cesión. Por otra parte, el cedente deja de ser responsable cuando el cesionario conoce todos los detalles del préstamo cedido.
No obstante, el cesionario y el cedente podrán convenir una cesión en la medida que lo deseen.
- Si la transferencia es total o parcial
- ¿Cuál será el régimen de responsabilidad para cada uno de ellos?
¿Qué hacer si el deudor no es responsable de la deuda? ¿Quién es responsable?
Esto depende de si el cedente actuó de mala fe, es decir, si el cedente sabía que la responsabilidad surgiría en caso de insolvencia del deudor. Por el contrario, si el cedente no supo de la insolvencia del deudor, no será responsable, a menos que la insolvencia haya sido mucho antes de la cesión y no fuere pública.
tipos de trabajo
- Cesión pro soluta: el cedente y el cesionario tienen una deuda originaria, y el cedente la resarce transfiriendo una deuda del mismo valor que la del cesionario. Ejemplo:
A (cedente) tiene una deuda de EUR 100 con B (cesionario)
A (cedente) tiene una deuda de 100 euros con C (deudor)
A (cedente) transfiere la deuda de 100 € que tenía con C (deudor) a B (cesionario), reembolsando así la deuda que originalmente tenía con B (cesionario).
- Cesión pro solvendo: Una deuda se extingue cuando el deudor paga la deuda al cesionario.
- Cesión de préstamos en litigio: es decir, se permite la cesión de préstamos en vía judicial. Se requiere que la demanda sea contestada para que se otorgue este crédito de litigio. En este caso, el deudor puede deshacerse de la deuda pagando al cesionario lo que pagó por la cesión del préstamo, y no el importe de la deuda original.
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