Banco Central de la República Dominicana | Diccionario Economico

Definición de Banco Central de la República Dominicana | Diccionario Economico

El Banco Central de la República Dominicana es la institución encargada de regular la política monetaria y bancaria del país, así como de emitir la moneda nacional y supervisar a las entidades financieras.

Este organismo central fue creado de conformidad con la promulgación de la Ley No. 1529 del 9 de octubre de 1947. La promulgación de esta ley la hizo el entonces dictador Rafael Trujillo Molina. Así, a partir del 23 de octubre del mismo año, cuando el Banco Central inició oficialmente sus actividades.

La sede del Banco Central se encuentra en Santo Domingo de Guzmán, la capital de la República Dominicana. La Constitución de la República Dominicana otorga tácitamente al Banco Central plena autonomía.

La nación dominicana creó la legislación monetaria y financiera a través de la cual se regula el Banco Central. El banco central está gobernado por un órgano supremo denominado Junta Monetaria de la República Dominicana. Esta administración monetaria constituye entonces la autoridad suprema del Banco Central.

Por lo tanto, es el organismo central que controla las actividades financieras del estado dominicano.

Origen del Banco Central de la República Dominicana

Cabe señalar que la Ley Orgánica N° 1529, que dio origen al Banco Central, estuvo vigente hasta el 29 de diciembre de 1962, cuando fue derogada por la Ley N° 6142. Esta última ley permaneció vigente hasta el 3 de diciembre de 2002.

Estructura del Banco Central

Este banco central tiene una estructura y conformación distintiva. Tiene el máximo órgano, que es la Caja de Conversión. Esta caja de conversión consta de nueve miembros. Mientras tanto, es el poder ejecutivo de la nación el que nombra a sus miembros.

En particular, se componen de tres miembros natos.

  • Gobernador del Banco Central.
  • Secretario de Estado de Hacienda.
  • superintendente de banco

Sumándose la existencia de 6 miembros más que deberán tener reconocida experiencia en materia monetaria, crediticia y cambiaria.

Funciones del Banco Central de la República Dominicana

Esta institución juega un papel clave y fundamental en la economía de la República Dominicana. Por tanto, tiene plenas facultades para ejercer el conjunto de funciones y facultades que le han sido atribuidas. Entonces, sus funciones son las siguientes:

  • Emisión de billetes y monedas de curso legal en el país.
  • Implementar la política monetaria del país.
  • Controlar el sistema monetario.
  • Regular adecuadamente el sistema financiero.
  • Sigue el sistema de intercambio.
  • Almacenar y publicar datos de contabilidad nacional.
  • Administrar las reservas internacionales del país.
  • Administrar el fondo de reserva establecido de conformidad con la Ley de Operaciones Monetarias y Financieras.
  • Supervisar y liquidar los sistemas de pago, así como el mercado interbancario.
  • Proponer al Consejo Monetario proyectos de normas monetarias y financieras en materia monetaria, cambiaria y financiera.
  • Analizar el sistema financiero de la República Dominicana en su conjunto.
  • Introducir sanciones por el déficit de la reserva obligatoria, así como por el incumplimiento de las reglas de los sistemas de pago.
  • Contribuir a incrementar la liquidez y solvencia del sistema bancario del país.
  • Crear condiciones para mantener el valor externo y la convertibilidad de la moneda nacional.
  • Realizar las operaciones de cambio previstas por la legislación aplicable.
  • Cumplir con las demás funciones que le asigne la ley.

Por lo tanto, el Banco Central es un organismo clave que garantiza el normal funcionamiento de la economía de la República Dominicana.

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