Acuerdo de licencia | Diccionario Economico

Definición de Acuerdo de licencia | Diccionario Economico

Un acuerdo de licencia es un contrato en el cual una empresa (licenciante) autoriza a otra empresa (licenciataria) a utilizar una propiedad intelectual o un producto, a cambio de una compensación económica.

A través de un contrato de licencia, dos partes (conocidas como el licenciante y el licenciatario) celebran un acuerdo para el uso o explotación económica de un derecho en particular.

Así, los acuerdos que incluyen licencias se identifican con obligaciones de uso de un determinado beneficio (en la mayoría de los casos, intangible).

Asimismo, los acuerdos de licencia suelen redactarse en períodos de tiempo predeterminados.

Un ejemplo muy habitual de este tipo de acuerdos es la cesión de derechos audiovisuales asociados a grandes eventos deportivos, así como la utilización de material cinematográfico en salas de cine.

Miembros del acuerdo de licencia

Por definición, cualquier acuerdo de licencia se celebra entre dos partes interesadas:

  • Licenciante: tiene la propiedad del bien a transferir en virtud del contrato. Por lo general, ofrece esto bajo un acuerdo económico acordado por un cierto período de tiempo o como pago de una suma global.
  • concesionario: Motivado por su actividad económica precisa con derechos, imágenes o tecnologías propiedad de terceros. Esto les compensa financieramente por la oportunidad de acceder a estos bienes.

Las principales características del acuerdo de licencia.

Este tipo de acuerdos cubren los derechos de uso, operación o propiedad de un activo en particular. Esta puede ser tangible (por ejemplo, ciertos equipos industriales) o intangible (en el caso de denominaciones de origen o imágenes de marcas).

En este sentido, existen varias áreas principales cubiertas por esta modalidad contractual:

  • Patentes y marcas.
  • Propiedad industrial.
  • Propiedad intelectual.
  • Alquiler de equipos industriales y tecnológicos.

Alternativamente, cualquier acuerdo de licencia describe formalmente los términos en los que las partes acuerdan la relación.

Así, debe distinguir entre las contraprestaciones económicas pactadas y el tiempo durante el cual se otorga el derecho de explotación.

Además, hay casos en los que el beneficio también incluye regalías o una parte de los posibles beneficios futuros que pueda recibir el licenciatario.

Como se mencionó anteriormente, el pago se puede realizar de forma global o mediante el establecimiento de pagos periódicos.

Por otro lado, esta modalidad contractual también está muy extendida entre las relaciones de franquicia de las grandes empresas. A través de ellos negocian la cesión de derechos de imagen, tecnología y know-how o recetas en el caso de la hostelería.

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