Definición de Abigeo | Diccionario Economico
El abigeato se refiere al delito de hurto o robo de ganado.
¿De dónde viene esta expresión que define este delito en particular? Esta expresión tiene su origen en el derecho romano, donde fue definida por uno de los juristas romanos más destacados, Domitius Ulpiano. Se definió entonces como un ladrón de bestias.
Siglos después, este significado aparece en un diccionario de 1611 y se define como una persona que logra que el ganado lo siga para robarlo y encerrarlo.
Por lo tanto, un secuestrador es el individuo que comete el crimen, el secuestrador. Ya en el siglo XXI, esto no es solo el robo de ganado, es decir, la persona que, sin el uso de la fuerza ni de las armas, logra obligar al ganado a seguirlo y así llevarlo a otro lugar. Ahora bien, el susurro también habla del robo de ganado, es decir, del uso de la fuerza o de las armas.
Características del ladrón
Las principales características del susurro son:
- El secuestrador no es un delincuente, sino el autor del delito de hurto.
- Solo las personas físicas pueden susurrar.
- El abigeato es un delito de carácter romano, especialmente extendido en el siglo XIX.
- En la antigüedad, esto podía castigarse con la muerte.
- Se considerará hurto únicamente cuando se trate de hurto o hurto de ganado, por lo que no se incluirán en este valor los animales domésticos (gatos, perros e incluso algún animal doméstico característico que no sea explotado y no se utilice para estos fines).
- El secuestrador es el autor de este delito y será sancionado penalmente, ya que su actuación es un delito y no pasará por la vía civil.
- No todos los códigos penales tienen esta figura por una mala interpretación de este hurto o hurto como un delito específico.
crujido
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