Tipos de contratos | Diccionario Economico

Definición de Tipos de contratos | Diccionario Economico

Los tipos de contratos son acuerdos legales entre dos o más partes que establecen los derechos y obligaciones de cada una respecto a una transacción o relación comercial específica. Estos contratos pueden ser de diferentes formas, como contratos de compraventa, arrendamiento, trabajo, préstamo, entre otros, y se rigen por las leyes y regulaciones pertinentes.

Se denominan contratos los acuerdos a los que llegan dos o más partes, los cuales incluyen una serie de cláusulas con un fin entre diferentes personas, individuos o entidades.

Según en qué ámbito de la vida nos encontremos, podemos distinguir entre:

  • Contratos de derecho privado o civil.
  • Contratos estatales o administrativos.
  • Contratos laborales.
  • Contratos comerciales.

A continuación, desarrollaremos cada uno de ellos.

Contratos de derecho privado o civil

Estos acuerdos se desarrollan dentro de la vida privada de las personas que celebran acuerdos como un contrato de arrendamiento.

Dentro de estos contratos, existen diferentes tipos, los cuales se pueden dividir en los siguientes:

  • Contratos unilaterales y bilaterales: Los contratos unilaterales son celebrados por una parte y los contratos bilaterales por dos o más partes.
  • Contratos gratuitos u onerosos:
    • Gratuitos son los contratos en virtud de los cuales se proporciona algún bien o servicio sin necesidad de dar algo a cambio. Un ejemplo son las donaciones.
    • Por otro lado, los onerosos tienen un precio. En otras palabras, alguien se compromete a hacer o dar algo a cambio de recibir un precio de la otra parte. Por ejemplo, un contrato de compraventa.
  • Contratos principales o adicionales: Los principales son los que realmente existen por sí solos, y los accesorios no tienen poder si no se combinan con el principal. Por ejemplo, un contrato de garantía real (conocido como hipoteca) no tiene sentido si no existe un contrato de préstamo subyacente.
  • Tratado actual, consensuado o solemne:
    • El contrato real se refiere a aquellos acuerdos que no bastan para la realización (hay consecuencias) del consentimiento, y necesitan la entrega de bienes. Por ejemplo, crédito.
    • Los contratos consensuales son aquellos que solo requieren consentimiento, como un contrato de compraventa.
    • Los contratos solemnes son aquellos que requieren una forma especial de ejecución para su efecto, como las donaciones que deben inscribirse en un registro público.
  • Contrato de vía única y contrato de vía secuencial:
    • Los contratos de vía única son aquellos que no se renuevan en el tiempo y se están ejecutando en el momento. Por ejemplo, un contrato de compraventa.
    • Por otro lado, los contratos de lote consecutivos son aquellos que se renuevan en el tiempo, como un arrendamiento.

Contratos gubernamentales o administrativos

Una característica de estos acuerdos es que una de las partes es la administración estatal. La administración actúa para velar por los intereses comunes de los ciudadanos y representa al Estado.

En estos tratados, si surge un conflicto, se resolverá por vía administrativa.

Los contratos típicos son los contratos de servicios (contratos entre la alcaldía y una empresa de transporte) y los contratos de trabajo (contratos entre el gobierno local y una empresa de plomería).

Los contratos de gobierno de la administración son también contratos de trabajo que celebra con los funcionarios de sus trabajadores.

Contratos de trabajo

Estos contratos son privados, como el derecho civil, pero se ejecutan en una jurisdicción diferente, la laboral.

Hay dos partes en estos contratos, el empleador y el trabajador. El empleador ofrece su oferta, y si el empleado está de acuerdo, ya tenemos contrato de trabajo, aunque la oferta de trabajo se puede negociar.

La clasificación más común es entre fijo o permanente, temporal (la empresa quiere contratar empleados solo por un momento determinado), a tiempo completo oa tiempo parcial.

contratos comerciales

Este tipo de acuerdos están sujetos a actividades comerciales. Esto también se aplica a los contratos de derecho privado y civil.

contrato comercial

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