Derecho continental | Diccionario Economico

Definición de Derecho continental | Diccionario Economico

El derecho continental es un sistema jurídico que se basa en la codificación de leyes y reglas, influenciado por el derecho romano y aplicado en la mayoría de los países de Europa continental. Es caracterizado por una estructura jerárquica de legislación y una fuerte separación entre el derecho público y privado. En contraste con el sistema de derecho anglosajón, también conocido como common law, en el derecho continental se da mayor importancia a la interpretación y aplicación de las leyes escritas.

Este derecho continental también se conoce como derecho civil y tiene su origen en el derecho romano, alemán y canónico. Su característica principal es la esencia de un código de leyes escrito, es decir, el sistema normativo está codificado y esta es su principal fuente de derecho.

Otra característica que define al derecho continental es la resolución de conflictos por el método deductivo. ¿Qué significa? En el derecho civil existe una base jurídica fuerte, es decir, un poder legislativo fuerte, del que proceden las normas jurídicas, que los ciudadanos deben cumplir.

Cuando estas normas jurídicas no se respeten o las partes estén en conflicto sobre su aplicación, es el juez quien resuelve este conflicto y lo hará con el auxilio de las normas jurídicas existentes en el sistema. De la norma ya escrita y establecida, el juez recibirá una solución al conflicto suscitado. La decisión ya está antes del conflicto.

Características del derecho civil

Características clave:

  • Es un sistema jurídico basado en normas emanadas de los poderes legislativo y ejecutivo.
  • La práctica judicial solo aplica e interpreta reglas ya escritas y no crea derecho.
  • Las soluciones de los casos están en los derechos escritos.
  • Los precedentes judiciales no son vinculantes.
  • Su origen está en los principios del derecho romano.
  • Las normas fueron dictadas por la legitimidad democrática.

Derecho continental y derecho anglosajón (derecho civil VS derecho consuetudinario)

El derecho continental tiene un análogo en el derecho anglosajón. La ley se originó y aplica en las Islas Británicas y territorios que fueron colonias británicas como Estados Unidos o Australia, entre otros.

En el derecho consuetudinario, a diferencia del derecho civil, no existe un marco normativo amplio, sino que serán los tribunales los encargados de crear un ordenamiento jurídico que los ciudadanos deberán respetar a través de conflictos específicos.

El common law utiliza el modelo inductivo. Es decir, el conflicto se presenta ante el juez, y será él quien creará la ley para poder resolver la demanda, y esta creación de ley por parte del juez tendrá el carácter de norma jurídica. La solución nace del conflicto, y no había ninguna antes. Estas sentencias de los jueces se conocen como jurisprudencia y en adelante deben ser observadas por otros tribunales como si fueran ley.

Fuentes del derecho civil

Las principales fuentes del derecho continental son:

Las fuentes actuales del derecho son:

  • Leyes: normas escritas emanadas de la voluntad de las personas a través de los tribunales. Estas normas se aprueban en el orden establecido por cada estado y se publican para conocimiento de todos los ciudadanos. Están sujetos a ejecución y son la fuente principal utilizada por los jueces o árbitros para resolver un caso.
  • Aduana: Se le conoce como derecho consuetudinario y es una fuente adicional de derecho. Estas son actuaciones repetidas en un lugar determinado.
  • Principios generales del derecho: se trata de un conjunto de ideas que dan a las normas y al ordenamiento jurídico en su conjunto un carácter ético. Son fuentes subsidiarias tanto de las leyes como de las costumbres.
  • En los sistemas de derecho romano o continental no se reconoce a la jurisprudencia como fuente del derecho, ya que se le asigna la función no de crear derecho, sino simplemente de su aplicación y control. Por otro lado, en el ordenamiento jurídico anglosajón, se reconoce a la jurisprudencia como fuente del derecho, ya que se le ha otorgado el derecho de crear derecho. En otras palabras, las sentencias de sus tribunales superiores sentarán un precedente y en el futuro tendrán que ser ejecutadas por los tribunales inferiores y ser convincentes para los tribunales superiores.

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