Concordato | Diccionario Economico

Definición de Concordato | Diccionario Economico

El Concordato es un acuerdo entre la Santa Sede y un Estado en el que se establecen las relaciones entre la Iglesia Católica y el Estado en cuestiones como la libertad religiosa, educación, bienes y patrimonio, entre otros aspectos.

El acuerdo más vinculante e importante entre la iglesia y el estado es el concordato, y generalmente se hace con países con grandes tradiciones católicas. Hay muchos países que han hecho acuerdos con la Iglesia Católica de una forma u otra. Los acuerdos no tienen por qué ir de la mano de la figura del concordato, sino que también existen acuerdos parciales y sectoriales o simples relaciones diplomáticas.

La Iglesia Católica mantiene relaciones diplomáticas con 174 países soberanos, con sólo 17 tiene alguna relación, de los cuales nueve son musulmanes y cuatro son comunistas.

El considerado primer concordato data de 1122 entre el papa Calixto II y el emperador alemán Enrique V, que pretendía poner fin a la disputa de las investiduras, disputa entre Roma y el Sacro Imperio por el nombramiento de los más altos cargos eclesiásticos. . . . Aunque los concordatos tienen un origen muy lejano, la mayoría de ellos se firmaron en los siglos XIX y XX.

Contenido

Los concordatos tienen un contenido muy diverso, abarcan muchos temas: cultura, fiscalidad, educación, etc.

Suelen establecer el derecho a la educación religiosa en las escuelas, garantizan el reconocimiento de la Iglesia Católica y la libertad de religión y su desarrollo. Algunos concordatos y acuerdos también regulan la exención de la Iglesia de ciertos impuestos.

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