Concursado | Diccionario Economico

Definición de Concursado | Diccionario Economico

El término «Concursado» se refiere a una situación legal en la que una empresa o individuo ha iniciado un proceso de concurso de acreedores para hacer frente a una situación de insolvencia financiera.

Es decir, un fallido es un deudor, una persona física o jurídica, que, con motivo de su insolvencia, ha sido declarado en quiebra por un juez.

La quiebra consta de tres partes principales: la parte del acreedor, la administración concursal y la parte del deudor. El deudor consiste en una quiebra. Puede ser una persona natural o jurídica que ocupe este cargo en el proceso competitivo. Las administraciones estatales no pueden encontrarse en esta situación de quiebra.

¿Qué es esta quiebra? Se trata de un procedimiento jurídico especial regulado por el derecho mercantil cuando el deudor tiene varios acreedores que no pueden garantizar sus préstamos. A través de este proceso, el deudor trata de solucionar el problema de falta de liquidez.

¿Cómo se arruina una persona?

Puede proceder a petición del deudor o de sus acreedores. Causas:

  1. A instancia del propio deudor: La insolvencia del deudor: puede ser inminente o en curso. ¿Qué significa insolvencia? Esta es una situación en la que el deudor no puede cumplir con sus obligaciones. Esto califica como una competencia voluntaria.
  2. A petición de los acreedores: para ello debe existir:
    1. Declaración judicial o administrativa firme de concurso del deudor.
    2. Título ejecutivo o urgencia.
    3. Existencia de embargos en vigor, que suelen afectar a los bienes del deudor.
    4. Falta de pago de las obligaciones del deudor.
    5. Falta de pago de obligaciones tributarias, cotizaciones a la seguridad social durante al menos tres meses.
    6. Esto califica como una competencia requerida.

¿Cuáles son las consecuencias de declararse en quiebra?

Principales implicaciones financieras:

  • Si la quiebra es voluntaria, el fallido conserva la autoridad para administrar y disponer de los bienes.
  • Si es necesaria la quiebra, el fallido suspenderá la facultad de administrar y enajenar los bienes. ¿Quién realizará estas funciones? administración concursal.
  • En cuanto a la actividad empresarial del deudor, podemos continuar. Pero un juez concursal o la administración concursal puede ordenar la suspensión de la actividad económica.
  • El concursado está obligado a cooperar con la administración concursal presentando la documentación pertinente. Además, debe comparecer ante un juez en cualquier reclamación.
  • No se aceptarán reclamaciones concursales hasta que se resuelva el proceso concursal.

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