Definición de Garantía pignoraticia – Definición, qué es y concepto | Diccionario Economico
La garantía pignoraticia es un tipo de garantía económica que consiste en ofrecer un bien mueble como garantía de un préstamo o deuda. En caso de incumplimiento, el prestamista tiene el derecho de tomar posesión y vender dicho bien para recuperar la cantidad prestada.
El término prenda proviene del latín y literalmente significa prenda, es decir, este tipo de garantía es una prenda de bienes muebles contra un préstamo en efectivo. Por lo general, es una garantía contra el prestamista que utilizará la garantía en depósito durante la vigencia del préstamo, lo que significa que no puede utilizarla siempre que el prestatario realice pagos regulares y de buena fe del préstamo.
Sólo en caso de reducción de los pagos periódicos el prestamista puede cumplir con la garantía rematándola o vendiéndola, y así recibir la devolución del importe del préstamo en función del valor de la garantía. La ley prohíbe el contrato de comisión, es decir, se adjudica la propiedad al acreedor, pero éste debe ofrecerla en el mercado para recibir el dinero de la deuda. Sólo en caso de inacción de la venta y/o remate, el inmueble puede ser cedido al acreedor para el pago de la deuda.
Una fianza se diferencia, por ejemplo, de una hipoteca en que mientras esta última toma como garantía bienes inmuebles, la primera lo hace con bienes muebles, que pueden ir desde un automóvil hasta acciones, un gravamen o un derecho de recuperación.
Ventaja colateral
Las principales ventajas de los préstamos garantizados son la facilidad y rapidez de obtener liquidez con un activo que tenemos valor. Además, podemos agregar que no es necesario vender la propiedad, sino dejarla en depósito a la espera de recibir dinero adicional que se pueda encontrar con la emisión de una garantía.
Por el contrario, en ocasiones uno de los problemas de estas operaciones es la valoración de los activos, que suele estar por debajo del valor de mercado, con el fin de preservar los activos de forma más rentable. Además, en muchos casos existen dificultades en la captación de recursos y la capacidad de recuperar bienes después de perderlos.
¿Cuándo se creó la fianza?
La fianza de caución se originó a finales del siglo XV con los prestamistas que aparecieron precisamente para solucionar el problema de la usura del momento, con intereses hasta el 100% del préstamo, y cuya forma de trabajar, modesta y para el pueblo Sencilla, había a asumir comprometerse con sus mayores activos (joyas, automóviles, objetos de valor…) para obtener liquidez.
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