Custodia | Diccionario Economico

Definición de Custodia | Diccionario Economico

La custodia es la responsabilidad y cuidado que tiene una persona o entidad sobre un bien o activo de otra persona. Esta responsabilidad puede ser legal o contractual, y puede involucrar la protección, administración y conservación del bien o activo.

En el caso de residencia matrimonial o familiar de los padres, no se requiere el establecimiento de un régimen de tutela y tutela. Por otro lado, cuando los padres inician un proceso de separación o divorcio y hay hijos en común, se debe establecer un régimen para saber el período de tiempo que los hijos vivirán con cada padre o si vivirán con uno solo de los padres. padres. Y es precisamente esta decisión de establecer la convivencia habitual de los hijos lo que se conoce como protección y tutela.

Esta decisión puede tomarse por acuerdo entre los padres o una autoridad judicial.

El contenido de la tutela impone determinadas obligaciones en relación con los hijos derivadas de la convivencia habitual de los padres con los hijos. Por ejemplo, comida o ropa.

Las obligaciones que conlleva la tutela se pueden enmarcar dentro de la figura jurídica de la patria potestad. Sin embargo, la guarda y custodia es una figura distinta a la patria potestad.

Tutela y patria potestad

Las principales diferencias entre estas dos figuras son:

personas en custodia

Los sujetos pueden ser:

  • Los menores no emancipados.
  • Inhabilitado durante la minoría.
  • Incapacitado a la mayoría de edad, si eres soltero, vives con tus padres y aún pueden usarlo.

tipos de modo

Hay tres formas de configurar este modo:

  1. Custodia compartida: Esta modalidad establece que el hijo vivirá al 50% con cada padre. Si la distribución es de 6 meses del año con cada uno o una semana con cada uno, será algo que fijarán los padres o, en caso de desacuerdo, decidirá el juez. El juez decidirá siempre en función del interés superior del menor. En todo caso, no se establecerá la custodia compartida si:
    1. Uno de los progenitores haya sido condenado o sea investigado en un proceso penal en el que se estudie o condene un delito contra la inviolabilidad del menor.
    2. Algunas de las fórmulas que son elegidas por los padres o señaladas por el juez son:
      1. Domicilio único: Los menores no cambian de domicilio, y los que cambian según los plazos son los propios padres.
      2. Direcciones Distintas: Cada progenitor tiene su propia dirección y es el menor el que se desplazará para poder compartir el tiempo establecido con cada uno de ellos.
      3. Misma dirección con los padres: este caso es muy inusual, pero los padres pueden divorciarse o separarse y continuar viviendo en la misma dirección donde tienen la custodia compartida de los niños.
  2. Custodia Única o Única: Esta modalidad establece la convivencia normal del niño con uno de los padres por el 100% del tiempo del niño. Sin embargo, cuando se establezca este régimen, ya sea por acuerdo de los padres o por un juez, los hijos establecerán un régimen de visitas para el progenitor con quien no conviven.
  3. Otra custodia: Ninguno de los padres es responsable del cuidado de los niños y un tercero, como los abuelos, asume la responsabilidad.

Cabe señalar que lo explicado se basa en el ejemplo de España y puede ser diferente en otros países.

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